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« Previous Page Table of Contents Next Page »protección.
– Interrumpir la actividad productiva y abandonar el puesto de trabajo cu do ello sea necesario para eliminar un riesgo inminente para la inte dad de la vida o salud.
– Disponer en los casos que sea necesario, protección colectiva o indivi adecuado a las tareas y riesgos a los que se esté expuesto.
– Vigilancia periódica de su estado de salud.
1.3.2. O BLIGACIONES DEL TRABAJADOR EN MATERIA DE PREVENCIÓN
Por otro lado el trabajador tendrá las obligaciones de:
– Velar por el cumplimiento de las medidas de seguridad, por su seguri y por las personas que colaboran o a las que pueda afectar su activid
– Usar adecuadamente de acuerdo con la naturaleza y los riesgos pre bles de las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, e pos de transporte y en general cualquier otro medio con el que desarr su trabajo.
– Utilizar adecuadamente los medios y equipos de protección facilita por el empresario de acuerdo con las instrucciones recibidas por este
– No poner fuera de funcionamiento y utilizar los dispositivos de segurid
– Informar de manera inmediata a su superior jerárquico directo y a trabajadores designados o recursos preventivos de cualquier situa que a su juicio entrañe un riesgo para la seguridad y salud de los tra jadores o terceras personas.
– Cooperar con el empresario para que se puedan garantizar las condi nes de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguri y salud de los trabajadores.
– Cumplir con las obligaciones establecidas por las normas de trabajo d autoridad competente.
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