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« Previous Page Table of Contents Next Page »Para conocer la organización básica de cualquier empresa a nivel de prevención de riesgos laborales debemos seguir las modalidades preventivas que existen.
M ODALIDADES P REVENTIVAS :
Según el Capítulo III del Reglamento de los Servicios de Prevención, desarrolla ampliamente las modalidades organizativas ya apuntadas en el Capítulo IV y que son las siguientes:
1. El empresario asume personalmente la actividad preventiva.
2. El empresario designa a uno o varios trabajadores para llevarla a cabo.
3. Se constituye un servicio de prevención propio o mancomunado.
4. Se recurre a un servicio de prevención ajeno.
Desarrollemos cada uno de los casos y sus posibilidades. El primero de los casos, para la asunción directa por el empresario deberemos de contar con una empresa con menos de 6 trabajadores, que posea la formación adecuada exigida por el Capitulo VI del RSP, no pertenecer la actividad al Anexo I y desarrollar de forma habitual la actividad en el puesto de trabajo. Así pues, las excepciones serán cuando el empresario delegue en un servicio ajeno o en un trabajador de-signado, y no podrá desarrollar actividades de vigilancia de la salud, por sí solo. Esta posibilidad en una empresa de construcción, no es posible, pues es una em-presa de Anexo I.
Ante la designación de un trabajador, deberemos tener en cuenta que éste procede si no hemos acudido a un servicio ajeno y el empresario no ha asumido la acción preventiva, por debajo de 10 trabajadores. Según lo dispuesto en el artícu-lo 12.2 del RSP, no será obligatoria cuando se haya asumido personalmente la actividad preventiva o se haya acudido a un servicio de prevención ajeno. Cuando poseamos esta organización deberemos dotarla en función de la formación de estos, exigida por el Capitulo VI del RSP, en número adecuado dotándose de los medios materiales necesarios para desarrollar la actividad, y se les dotará del tiempo necesario para desarrollar la actividad preventiva. Por medio de negocia-ción colectiva según el art. 83, apartado 3, del E.T. se definirán el tiempo, medios y formación adecuada a los mismos.
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