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do en artículos, y éstos se agrupan en capítulos, disposiciones adicionales y di sos anexos, que pasamos a detallar.

– Capitulo I. Disposiciones Generales.

– Capitulo II. Disposiciones especificas de seguridad y salud durante fases de proyectos y ejecución de las obras.

– Capitulo III. Derechos de los trabajadores.

– Capitulo IV. Otras disposiciones.

– Anexo I. Relación no exhaustiva de las obras de construcción o de in niería civil.

– Anexo II Relación no exhaustiva de las obras, los trabajos que impli riesgo especial para la seguridad y salud de los trabajadores.

– Anexo III Contenido del aviso previo.

– Anexo IV Disposiciones mínimas de seguridad y de salud que debe aplicarse en las obras.

A raíz del presente Real Decreto se generan toda una serie de obligacio documentales que, junto con las ya existentes propias del la Ley de Prevenció Riesgos Laborales, clarifican por medio de la posición de los distintos regis que demuestran que actuaciones se han desarrollado.

En primer lugar, cabe destacar que debemos poseer un Estudio Básico Seguridad y Salud y éste debe estar redactado por un técnico competente el debe estar designado por el promotor.

Por otra parte, debemos determinar y elaborar el Plan de Seguridad y lud que deberá ser aprobado por el coordinador en materia de seguridad y sa durante la ejecución de la obra.

El Plan de Seguridad y Salud es un documento que deben conocer distintos subcontratistas y los trabajadores que asistan a la citada obra en func de las tareas que se vayan a desarrollar y por otra parte, una vez conocid citado documento, deberemos seguir lo marcado en el mismo. Las medidas cadas en este plan deben mejorar las medidas de protección con el objetivo minimizar el riesgo en todas las fases de ejecución.

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